¿Cómo hacer un contrato de alquiler entre particulares?
La redacción de un contrato de alquiler entre particulares, sin necesidad de recurrir a un profesional, es mucho más sencilla de lo que parece, sin embargo, la redacción de un contrato hecha por un abogado experto impedirá problemas futuros y sorpresas no deseadas.
Lo fundamental, en todo caso, es dejar por sentado y con absoluta claridad todas las condiciones del alquiler o arrendamiento, un aspecto clave para evitar malos entendidos en el futuro. En otras palabras, ambas partes deben conocer con claridad cuáles son sus derechos y obligaciones.
A continuación te daremos las claves para que puedas redactarlo por ti mismo, pero nuestra recomendación es que acudas a un abogado que te asesore para evitar futuros problemas durante la duración de alquiler y tengas claro cuáles son los derechos y obligaciones de cada parte recogidos en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
¿Por qué es recomendable hacer un contrato de alquiler?
El contrato de alquiler es un documento de carácter legal, en donde ambas partes dejan por escrito cuáles son las condiciones del arrendamiento que previamente aceptaron de forma verbal.
Como hemos visto, en dicho documento se deben establecer las responsabilidades y también los derechos, tanto del arrendatario como del arrendador.
Aunque se trata de un documento simple, es importante no obviar algunos datos, ya que se puede prestar a confusiones en el futuro.
De ahí que muchas personas redacten este documento con un profesional; sin embargo, si quieres arriesgarte a no cubrir todas las aristas de una relación arrendaticia y crees que no es necesario gastar dinero y hacerlo entre particulares, ten la precaución de agregar todos los datos mínimos y te explicaremos cómo redactar un contrato de alquiler entre particulares.
Datos esenciales que deben estar en un contrato de alquiler
Entre los datos que no pueden faltar en un contrato de alquiler están, por supuesto, los exigidos por la propia Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)
- Datos completos y personales de ambas partes. Suele empezar con la expresión "Reunidos, de una parte..." y en el que se debe hacer constar Nombre y apellidos, DNI y dirección. Cabe destacar que, aunque sea firmado por una sola persona, todos los inquilinos que sean mayores de edad, deben figurar en el contrato de alquiler. De igual forma, si hay más de un propietario del inmueble, deben aparecer los nombres y firmar cada uno de los mismos.
- El documento debe comenzar especificando el lugar y la fecha. "En Sevilla a, ... de...2021"
- Además de lo anterior, también se debe especificar cuál es el objeto del contrato. Este apartado debe comenzar con la palabra “Manifiestan” y, además, se debe hacer una descripción detallada de la vivienda.
- También se debe dejar en claro el uso de la vivienda, si es para habitar o para uso comercial, así como también especificar la prohibición de subarrendamiento por parte del inquilino.
Cláusulas esenciales que no pueden faltar en un contrato
Un aspecto fundamental es incorporar las condiciones de arrendamiento de forma desglosada en las diferentes cláusulas del contrato. Cada cláusula debe ser explicada de la forma más clara posible.
- Renta: la renta es el importe acordado que el arrendatario debe pagar al arrendador cada mes. Esta cantidad debe ser previamente acordada y también se debe aclarar en qué momento del mes debe hacerse el pago. Generalmente, suele estipularse en los primeros cinco días del mes. También en este apartado se debe aclarar basándonos en qué parámetros se va a establecer la revisión del precio, siendo lo más común hacer los ajustes con base en la actualización del IPC anual.
- Duración: la duración del contrato es otro aspecto clave, siempre tomando en consideración cuáles son los límites estipulados por la Ley (entre particulares 5 años mínimo, con una prórroga de 3 años y 7 años si se trata de una persona jurídica), los cuales deben ser respetados por ambas partes. También se debe indicar de forma clara y concisa cuándo entra en vigor el contrato.
- Gastos adicionales: será preciso especificar cuáles son los gastos que el arrendador debe cancelar, como es el caso de los gastos de comunidad, basura, IBI, alcantarillado, entre otros.
- Estado de la vivienda: el inquilino debe comprometerse a entregar la vivienda en el mismo estado en que la encontró al momento de la mudanza. Así mismo, el inquilino debe hacerse cargo del mantenimiento y reparación de lo que se dañe mientras viva allí y el arrendador, deberá hacerse cargo del resto de los gastos.
- Prórroga y fianza: también se debe establecer la fecha de prórroga del contrato, así como también la fianza, en caso de que la haya. De igual manera, se puede pactar un procedimiento a seguir en caso de demora en el pago.
Consejos adicionales para una firma exitosa
Es recomendable que antes del día de la firma, el futuro inquilino y el arrendador vayan juntos al inmueble para verificar con detenimiento el estado del mismo e incluso, a ser posible, tomar fotografías de cualquier detalle del mismo.
En este sentido, se debe hacer un inventario del mobiliario (en caso de que el inmueble esté amoblado). Las fotos tomadas deben ser enviadas a las dos partes involucradas.
El contrato, por otra parte, debe ser redactado y enviado a ambas partes con antelación, con el objetivo de que pueda ser leído con calma y aclarar, antes del día de la firma, cualquier detalle. El escrito debe reflejar lo acordado de forma verbal.
En España, los contratos verbales tienen validez, pero resulta complicado demostrar lo acordado a posteriori. Es por ello que resulta esencial dejar por escrito todos los detalles y conseguir una transacción mucho más transparente y clara, con la que ambas partes se sientan no solamente cómodas, sino también protegidas.
Redactar un contrato de alquiler entre particulares es relativamente sencillo, pero lo aconsejable es acudir a profesionales que tengan los conocimientos jurídicos para garantizar que se recogen en el mismo todos los derechos y obligaciones exigido por la ley.
Legislación aplicable
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