¿Cómo Saber si tengo el impuesto de Circulación pagado?

El impuesto de Circulación, también conocido como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), es uno de los gastos fijos que se deben pagar anualmente. Se trata de un tributo a abonar por el propietario todos los años a lo largo de la vida útil del vehículo.

Para saber si tenemos el impuesto de circulación pagado podemos hacerlo por Internet, a través de la web de la Dirección General de Tráfico, o de forma presencial antes la Jefatura de Tráfico más cercana (pidiendo cita previa en el teléfono 060 o por internet) o en el Ayuntamiento de residencia (también online a través de su Oficina Virtual o Sede Electrónica), que es el encargado de tramitar el impuesto y remitir oficialmente a la DGT cualquier incidencia sobre el pago.

Continúa leyendo para conocer un poco más sobre los principales aspectos de este impuesto.

Índice

¿Qué es y cómo se paga el impuesto de circulación?

Como su nombre indica, este impuesto lo tienen que liquidar los propietarios de todos los vehículos de tracción mecánica y se paga en el Ayuntamiento en el que el vehículo esté censado. Lo que se aplica prácticamente a cualquier tipo de vehículo, incluso los vehículos híbridos deben pagar este impuesto.

Aunque en algunas ciudades como Madrid, Sevilla o Barcelona, tienen un descuento importante que ronda el 70% del total del importe. 

Se trata de una tasa municipal, por lo que la cuantía puede variar levemente de un municipio a otro; sin embargo, en general no es demasiado elevado.

De hecho, en algunos casos, los conductores ni siquiera se dan por enterados de que ya lo han pagado, especialmente cuando se automatiza o domicilia el pago.

La recomendación es estar pendientes de recibir el recibo del pago, para llevarlo en la documentación del vehículo.

Pese a lo anterior, la Ley Reguladora de Haciendas Locales tiene algunos costos estipulados, dependiendo de los caballos fiscales de potencia del vehículo.

Con respecto al pago, cuando el mismo no es automatizado o domiciliado, puede hacerse fácilmente en el Ayuntamiento en donde está censado el vehículo. 

También existen otras alternativas de pago y más aún tomando en cuenta la situación de distanciamiento social actual ocasionado por el Civid, lo que puede dificultar asistir personalmente al Ayuntamiento.

Una alternativa es hacer el pago directamente en alguna de las oficinas bancarias, o bien realizar la gestión por Internet. Tan solo necesitas tener a mano tu tarjeta de crédito o débito y, además, asegurarte de hacerlo dentro del plazo estipulado.

Si se utiliza la opción de Internet, no hay que olvidar imprimir el recibo o documento correspondiente, acreditativo del pago del tributo.

¿Qué vías tengo para saber si está pagado?

En muchas ocasiones, especialmente cuando el pago del impuesto se asocia a una cuenta bancaria, no se tiene certeza si el mismo ha sido descontado o no.

Para saber si el tributo ha sido cancelado o no, dispones de tres opciones diferentes:

  1. solicitando un informe online a la DGT ( Enlace Oficial de la Dirección General de Tráfico) ,
  2. revisando tus extractos o movimientos bancarios o
  3. contactando directamente al Ayuntamiento.

El proceso de solicitud de este informe online es muy sencillo y, en caso de que no tengas certificado digital, también puedes acudir a una Jefatura de Tráfico.

Para esta última opción también es necesario solicitar una cita previa en la DGT.

Solicitud de Informe Online a la DGT

Para saber si tengo el impuesto de Circulación pagado podemos seguir los siguientes pasos:

PASO 1.- ACCESO A LA WEB DE LA DGT

Ir a DGT ( Enlace Oficial de la Dirección General de Tráfico)

PASO 2.- SELECCIONAR "INFORME DE VEHÍCULOS" EN EL APARTADO "TRÁMITES"

web de la dirección general de trafico

PASO 3.- SELECCIONAR Informe Reducido DGT o Informe Detallado

El primero es gratis. el segundo es más completo, con mayor información, pero hay que pagar la tasa 4.1 de 8,59 euros. En caso de duda es aconsejable llamar al 060.

paso 2 para saber si tengo el impuesto de Circulación pagado

PASO 3.- ELEGIR EL MÉTODO DE IDENTIFICACIÓN PARA ACCEDER

Bien por:

identificación

PASO 4.- VERIFICAR MATRÍCULA

Una vez identificados el sistema nos pide que verifiquemos el número de matrícula del vehículo. Pulsar el botón de Consultar

verificar matricula

PASO 4.- Verificación si hay incidencias y Solicitar Informe

Por último, verificamos que el vehículo no tiene ninguna incidencia, aunque puede solicitarse un informe detallado, indicando el dato que se necesita y la razón por la que realizamos la solicitud.

¿Cuál es la multa por no hacerlo?

Aunque este impuesto de circulación no suele ser elevado como hemos visto, no pagarlo puede acarrearte consecuencias significativas, desde embargarte parte de la cuenta bancaria hasta el propio vehículo.

De ahí la recomendación de hacer el pago puntualmente, en los plazos establecidos.

En realidad, multa como tal, no hay, sino que el no pago del impuesto de circulación conllevará un recargo del importe por parte del Ayuntamiento, que se irá acumulando y que puede determinar la orden ejecutiva de embargo del coche por parte del Ayuntamiento, de ahí la importancia de saber si tengo pagado el impuesto de circulación.

A medida que el importe se vaya acumulando también irán aumentando los recargos impuestos por el Ayuntamiento, con motivo de la falta de pago.

Lo más probable es que comiences a recibir notificaciones sobre la deuda y, cuando el importe supere determinada cantidad, el Ayuntamiento o la Administración correspondiente iniciarán un expediente ejecutivo y podrán emprender medidas de apremio, como el embargo. 

En caso de pagar el impuesto después del periodo voluntario conlleva un recargo cuando el pago del impuesto de circulación se hace dentro del periodo ejecutivo:

  • Recargo ejecutivo del 5%: si se hace antes de la notificación de la providencia de apremio, es decir, cumplido el plazo de pago voluntario, antes que se inicie el expediente comunicando que la deuda está en periodo ejecutivo.
  • Recargo de apremio del 10%: cuando se paga en el periodo de pago establecido en la providencia de apremio, dentro del procedimiento ejecutivo.
  • Recargo de apremio del 20%: en los demás casos.

El recargo podremos recurrirlo en el plazo de un mes desde que nos notifican la providencia de apremio.

Por otro lado, los agentes de Tráfico pueden multarte si no llevas contigo el recibo del Impuesto de Circulación, que es uno de los documentos obligatorios que el conductor tiene que llevar en el vehículo. 

Otra consecuencia de no pagar el impuesto de circulación es que no podrás vender tu vehículo, ya que la Dirección General de Tráfico solicita el recibo de pago de este tributo para poder traspasar el coche a otra persona. 

¿Qué pasa si el coche es de segunda mano?

Aspecto fundamental a la hora de comprar un coche de segunda mano. Ante la duda sobre quién es la persona responsable del pago del Impuesto de Circulación, la ley es muy clara al respecto.

Está regulado que deberá pagar el impuesto el propietario del vehículo que figure como tal, en la fecha del 1 enero del año en curso.

Por lo que, si vendes tu vehículo después de esta fecha, deberás cancelar el impuesto y entregarle al nuevo propietario el recibo o comprobante de pago. 

¿Qué pasa si me han robado el coche?

En el caso de que hayan robado tu vehículo, puedes recurrir a una solución temporal para evitar tener que pagar impuestos durante este período o, al menos, hasta que vuelva a aparecer y, para ello es esencial tramitar la baja temporal.

Lo primero es poner la denuncia del robo y a continuación la propia Policía o la Guardia Civil serán los encargados de comunicar casi de forma automática la baja temporal del vehículo.

De igual forma, en el caso de que el vehículo sea recuperado, también será la Policía quien transmitirá la información para dar de alta, nuevamente, al vehículo.

¿Un coche de baja temporal paga impuesto de circulación?

No. Está exento.

Las dos consecuencias principales de tener un coche de baja temporal son:

  • no poder circular con el coche
  • estar exento del pago del impuesto de circulación mientras esté de baja.

La solicitud de baja puede hacerse igualmente por Internet o de forma presencial ante la Jefatura de Tráfico, y conlleva guardar el vehículo en garaje o propiedad privada para no tener que pagar Seguro ni obligación de pasar la ITV.

¿El impuesto de circulación se paga donde estoy empadronado?

Sí. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica debe abonarse el el municipio donde tenga su domicilio fiscal, que además debe coincidir con el que esté empadronado el titular del vehículo.

Diferencias con el impuesto de matriculación

El Impuesto de Circulación suele ser confundido, en muchas ocasiones, con el de matriculación.

Sin embargo y en el caso del Impuesto de Matriculación, es un tributo que se paga una única vez. El de Circulación, como hemos estado viendo, debe abonarse todos los años.

Otra diferencia importante con respecto al Impuesto de Circulación, es que el de Matriculación es gestionado por la Comunidades Autónomas y el importe es igual en todo el territorio nacional.

El importe del Impuesto de Circulación puede tener algunas variaciones, ya que depende del Ayuntamiento. De hecho, es la razón por la cual hay coches empadronados en sitios diferentes a los que realmente circulan con regularidad. 

Es importante destacar que, aunque el impuesto de matriculación es igual para todas las comunidades autónomas, existen algunas posibles bonificaciones para las familias numerosas, los vehículos para minusválidos y todos los vehículos de circulación especial, como es el caso de los vehículos de alquiler, los taxis y también los coches de las autoescuelas.

En lo que se refiere al importe, este no es el mismo para todos los vehículos, ya dependerá en gran parte de las emisiones de combustible y otros parámetros técnicos.

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