Edad de jubilación 2027: cómo afecta a los nacidos entre 1964 y 1968
En 2027, la edad ordinaria de jubilación sube a 67 años para quienes no acrediten 38 años y 6 meses cotizados. Este cambio afecta directamente a los trabajadores nacidos entre 1964 y 1968, que se acercan a esa ventana de acceso a la pensión.
La medida no es nueva: forma parte del calendario de reforma gradual de la seguridad social aprobado en 2011 y ampliado en 2023. Pero ahora cobra especial relevancia porque la generación del baby boom español empieza a aproximarse a la edad legal de retiro.
Si tienes entre 58 y 62 años en este momento, este artículo te explica exactamente qué cambia, si te afecta y qué pasos debes dar.

¿Qué cambia exactamente?
Desde 2027, la edad ordinaria de jubilación en España quedará fijada de forma definitiva en 67 años para la mayoría de trabajadores. Este es el tramo final de una subida progresiva que comenzó en 2013, cuando la edad estaba en 65 años.
La excepción sigue vigente: quien acredite al menos 38 años y 6 meses de cotización podrá jubilarse con 65 años. Esta condición no cambia en 2027, pero alcanzarla exige haber empezado a cotizar muy joven o no haber tenido lagunas de cotización relevantes.
El cambio de 2027 no es una reforma nueva sino la consolidación del calendario ya legislado. Lo que sí puede variar son las condiciones de acceso a la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria, que la reforma de pensiones de 2023 también modificó y que conviene revisar caso por caso.
La edad efectiva de jubilación en España sigue siendo inferior a la legal, según los propios datos de la Seguridad Social. Muchos trabajadores acceden antes mediante la vía anticipada, pero eso implica coeficientes reductores que rebajan la pensión de forma permanente.
¿A qué edad me puedo jubilar en 2027?
La edad legal de jubilación ya no es una cifra única para todos los ciudadanos. A partir de 2027, el requisito de edad está intrínsecamente ligado a tu historial de cotización acumulado a lo largo de tu vida laboral. El sistema establece dos escenarios claros dependiendo de los años que hayas aportado a la Seguridad Social.
- Si has cotizado 38 años y 6 meses o más: Podrás acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 6 meses: La edad legal de jubilación se establece en los 67 años.
Para evitar sorpresas de última hora, es fundamental que solicites tu Informe de Vida Laboral a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Este documento te permitirá verificar cuántos días efectivos tienes registrados. Recuerda que la fecha exacta en la que cesas tu actividad laboral, conocida técnicamente como "hecho causante", determinará la normativa y los requisitos que se aplicarán a tu caso específico.
Años necesarios para cobrar el 100% de la pensión
La reforma consolida un incremento en las exigencias para percibir la totalidad de la base reguladora. Mientras que en años anteriores los requisitos eran más flexibles, a partir de 2027 la meta se vuelve más ambiciosa.
Para alcanzar el 100% de la pensión, deberás acreditar un periodo de cotización de 37 años a partir de 2027 (frente a los 36 años y 6 meses vigentes hasta 2026), ya que el porcentaje mensual adicional pasa del 0,19% al 0,18% en el tramo final de la escala.
Es importante destacar que el sistema de pensiones opera como un mecanismo de dos motores: la edad de acceso y el periodo de cotización. Si te jubilas en 2027 con menos años de los exigidos, el porcentaje de tu base reguladora que recibirás será inferior, lo que se traducirá en una cuantía mensual menor comparada con un trabajador que cumpla con el periodo completo.
⚠️ Consejo: No confíes en cálculos aproximados realizados mentalmente. Descarga tu Informe de Vida Laboral y utiliza el simulador oficial de la Seguridad Social con tu certificado digital o Cl@ve. Presentar la solicitud online permite a los técnicos del INSS procesar tu expediente con mayor agilidad, evitando retrasos en el primer pago de tu pensión.
Jubilación anticipada en 2027: quién puede solicitarla
El acceso anticipado al retiro sigue siendo una opción, pero siempre supeditada a tu edad ordinaria y a los periodos cotizados. El sistema distingue dos modalidades principales:
- Jubilación Anticipada Voluntaria: Permite un adelanto máximo de 24 meses respecto a la edad ordinaria. Para acceder, debes tener al menos 63 años (si acreditas 38,5 años cotizados) o 65 años (si no alcanzas ese nivel). Se exige un mínimo de 35 años cotizados, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos en los últimos 15 años previos al retiro.
- Jubilación Anticipada Involuntaria (Cese forzoso): En situaciones de despido, es posible adelantar el retiro hasta 48 meses antes de la edad ordinaria. Los requisitos mínimos son tener al menos 61 años (si cumples el requisito de cotización de 38,5 años) o 63 años, y acreditar un mínimo de 33 años cotizados.
Ten presente que en ambas modalidades se aplican coeficientes reductores permanentes sobre tu pensión. Estos ajustes, que se calculan de forma mensual, pueden suponer recortes significativos en tu prestación final.

El nuevo cálculo de la base reguladora
Para el cálculo de la cuantía, la Seguridad Social ha implementado un sistema diseñado para proteger la pensión del trabajador. A partir de 2027, el organismo realiza un cálculo doble y, de oficio, aplica el que resulte más beneficioso para ti:
- Opción A (Método tradicional): Se basa en la media de las bases de cotización de los últimos 25 años.
- Opción B (Nueva normativa): Se consideran las bases de un periodo superior (304 mejores bases de los últimos 308 meses), permitiendo descartar periodos con cotizaciones más bajas o lagunas.El resultado de seleccionar esas 304 mejores bases se divide entre 354,67 (frente al 352,33 aplicable en 2026), un ajuste técnico que compensa la ampliación del periodo de cálculo y evita que la base reguladora se distorsione simplemente por incluir más meses en la selección.
Esta automatización asegura que el cálculo se realice con el criterio que maximice tu prestación sin necesidad de que realices trámites adicionales.

Complementos y mejoras en la cuantía
Además del cálculo base, existen mecanismos legales para incrementar tu prestación:
Integración de Lagunas: Si durante tu carrera laboral tuviste periodos sin cotizar, la ley permite "rellenar" estos huecos. Para los primeros 48 meses de lagunas, se utilizan bases ficticias equivalentes al 100% de la base mínima, lo que evita que tu pensión caiga drásticamente por periodos de inactividad.
Desde el 1 de enero de 2026, esta cobertura se ha ampliado mientras la brecha de género en las pensiones contributivas se mantenga por encima del 5%: los meses comprendidos entre el 49 y el 60 también se integran al 100% de la base mínima, y los comprendidos entre el 61 y el 84 al 80% (frente al 50% general a partir del mes 49). Esta mejora se aplica a las trabajadoras y, si acreditan que su carrera se vio interrumpida por el cuidado de hijos, también a los hombres.
Complemento por Brecha de Género: Destinado a reducir la diferencia de pensiones entre hombres y mujeres. Se abona mensualmente por hijo, con un límite establecido por la normativa vigente y actualizado según el IPC.
Para 2026, el Real Decreto 39/2026 ha fijado esta cuantía en 36,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de cuatro hijos, y con efectos desde el 1 de enero de 2026. La cifra se actualiza cada año junto con el resto de pensiones.
Jubilación demorada: Si decides permanecer activo más allá de tu edad ordinaria, la Seguridad Social te incentiva. Por cada año completo adicional trabajado, recibirás un incremento del 4% en tu pensión o un pago único a tanto alzado, lo que supone un beneficio financiero directo para quienes optan por postergar el retiro.

Qué trámite hay que hacer
No existe ningún trámite obligatorio urgente por el hecho de que la edad suba en 2027. Sin embargo, hay acciones concretas que conviene realizar cuanto antes si estás en esta franja de edad.
Paso 1: Consulta tu vida laboral. Entra en Import@ss (importass.seg-social.es) con tu certificado digital, DNI electrónico o cl@ve. Descarga el informe de vida laboral y revisa el número total de días cotizados, las bases de cotización y si existen lagunas o periodos sin registrar.
Paso 2: Solicita el informe de tu pensión estimada. La Seguridad Social ofrece este servicio también en Import@ss. Te muestra una estimación de cuánto cobrarías según diferentes edades de jubilación. Es orientativo, pero muy útil para planificar.
Paso 3: Revisa si tienes cotizaciones no integradas. Periodos de maternidad, paternidad, cuidado de hijos o de excedencia pueden generar cotizaciones que no aparecen correctamente en tu historial. Si detectas errores, puedes solicitar la corrección en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Paso 4: Solicita cita en el INSS si tienes dudas concretas. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) atiende consultas personalizadas sobre jubilación. Puedes pedir cita previa en su web o llamando al teléfono 901 10 65 70.
La solicitud formal de jubilación ordinaria debe presentarse con una antelación máxima de 3 meses antes de la fecha en que quieres que surta efecto. No se puede tramitar con más antelación desde el punto de vista administrativo, aunque sí puedes preparar la documentación antes.
Si naciste entre 1964 y 1968, el cambio de 2027 te afecta directamente. La clave está en revisar tu vida laboral ahora, calcular cuántos años cotizados acumularás en el momento que quieras retirarte y decidir si te conviene esperar a los 67, adelantar con coeficientes o buscar la vía de los 38 años y 6 meses. Cuanto antes hagas ese análisis, más margen tendrás para tomar decisiones informadas sobre tu pensión.
Preguntas Frecuentes sobre Jubilación 2027
¿Se computan igual los trabajos a tiempo parcial?
Sí, desde la reforma de 2014, el tiempo trabajado a jornada parcial computa exactamente igual que el de jornada completa a efectos de los días cotizados necesarios para acceder a la pensión. Lo que variará es la base reguladora, ya que al tener salarios inferiores, las bases de cotización también suelen ser menores.
¿Qué pasa si me falta algún mes para el 100%?
Si no alcanzas el periodo de cotización requerido para obtener el 100% de la base reguladora, el porcentaje aplicado será menor. Esto implica un ajuste proporcional. Es fundamental revisar si puedes aplicar la integración de lagunas o si la jubilación demorada compensa esa pérdida.
¿Es necesario contratar un abogado para jubilarse?
No es obligatorio. El proceso puede realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas del INSS con cita previa. Sin embargo, en casos de jubilación anticipada compleja o discrepancias en el cálculo de años cotizados, contar con asesoramiento especializado puede evitar errores técnicos que reduzcan tu cuantía mensual.

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