¿Te pueden subir el Seguro del Coche sin Avisar?

Según la Ley de Contrato de Seguro, la aseguradora tiene la obligación de informar al asegurado acerca de cualquier cambio propuesto en la prima del seguro con al menos dos meses de antelación, ofreciendo así la posibilidad al asegurado de cancelar el contrato si no está de acuerdo con la modificación propuesta.

No obstante, la modificación de la prima puede ser válida; por ejemplo, si esta estaba prevista en el contrato original.

A continuación te explicamos si se puede subir el seguro del coche sin avisar y qué puedes hacer si lo han hecho sin tu consentimiento.

Te pueden subir el Seguro del Coche sin Avisar
Índice de Contenidos
  1. ¿Es legal que me puedan subir la prima del seguro sin avisar?
  2. ¿Y si el tomador decide no aceptar la subida del precio del seguro?
  3. En Resumen:
  4. Recomendaciones finales
  5. Normativa Aplicable

La Ley de contrato de seguro en España, establece las bases legales que regulan la relación contractual entre aseguradora y asegurado.

Con relación a las subidas de primas de seguro sin aviso, el artículo 22.2 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro establece que la aseguradora está en la obligación de informar de manera clara y previa cualquier modificación en el precio del seguro en el "plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso" y este debe ser aceptado por el tomador.

Este aspecto es fundamental para garantizar la transparencia y protección de los derechos del asegurado.

Por tanto, ante una subida en la prima del seguro de coche (también aplicable para el seguro de hogar), el asegurado, como ha reconocido la Dirección General de Seguros, tiene dos opciones principales a su disposición, las cuales dependen del tipo de acuerdo inicial que se haya pactado en el contrato de seguro.

  1. Primero, si el contrato original contemplaba la posibilidad de una modificación en la prima, el asegurado no requiere una nueva aceptación para el incremento. Esto se debe a que su consentimiento fue otorgado al momento de firmar el contrato inicial, por lo que el aumento puede ser implementado por la aseguradora sin requerir un consentimiento adicional.
  2. Por otro lado, si la subida de la prima no estaba prevista en el contrato inicial, el escenario cambia. En este caso, el asegurado tiene que aceptar explícitamente el aumento de la prima, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Contrato de Seguros, que requiere el consentimiento del asegurado para cualquier modificación que no estuviera incluida en el contrato original.

La aseguradora tiene la obligación de notificar cualquier modificación en la prima con antelación. Esta comunicación debe ser clara, detallada y precisa, y debe darse antes de que se haga efectiva la subida. En caso de no cumplir con esta obligación, el asegurado tiene derecho a cancelar el contrato sin penalizaciones y buscar una nueva compañía aseguradora si lo estima oportuno.

¿Y si el tomador decide no aceptar la subida del precio del seguro?

La aseguradora tiene que mantener la prima del seguro contratado durante el tiempo que resta de vigencia del seguro.

Podrá cancelar el seguro, si ejerce su derecho a no renovarlo, para lo que tiene el pazo de 2 meses de preaviso.

En Resumen:

  • La Ley de Contrato de Seguro establece que la aseguradora debe informar al cliente con al menos dos meses de preaviso de cualquier cambio en la prima para que el cliente pueda anular el contrato si no está de acuerdo.
  • Si la aseguradora sube la prima sin el preaviso necesario, está vulnerando la Ley de Contrato de Seguro, que prohíbe modificar unilateralmente el contrato.
  • Si la modificación de la prima está prevista en el contrato, no se requiere una nueva aceptación del tomador del seguro.
  • Si la modificación de la prima no está prevista en el contrato, el aumento debe ser aceptado por el tomador del seguro.
  • La aseguradora debe comunicar al tomador del seguro el incremento de la prima con dos meses de antelación al vencimiento del contrato.
  • Si el tomador del seguro no acepta la subida de la prima faltando menos de dos meses para la finalización del contrato, la aseguradora debe respetar la prima del periodo anterior hasta el vencimiento del siguiente periodo.
  • En caso de que la aseguradora no cumpla con las notificaciones y el tomador del seguro no esté de acuerdo con la subida, el tomador puede anular el contrato. Ver Cómo darte de baja en un seguro.
plazo de preaviso del seguro

Recomendaciones finales

A veces, estos aumentos pueden suceder sin previo aviso o sin una explicación clara, lo que puede llevar a confusiones o malentendidos.

No obstante, existen una serie de medidas que los asegurados pueden tomar para proteger sus intereses en estas situaciones.

Aquí te proporcionamos una lista de recomendaciones prácticas que te ayudarán a navegar por estos escenarios y garantizar que tus derechos como tomador del seguro sean respetados.

☑️ Leer detenidamente el contrato antes de firmar

Cuando vayas a contratar un seguro de coche, es fundamental que leas detenidamente el contrato antes de firmarlo.

Tómate el tiempo necesario para entender todas las cláusulas y condiciones, especialmente aquellas relacionadas con las subidas de prima y la comunicación de las mismas por parte de la aseguradora.

Asegúrate de que tienes claridad sobre las obligaciones y derechos que establece el contrato.

☑️ Comparar diferentes aseguradoras y sus precios

Antes de tomar una decisión final, te recomendamos que compares diferentes aseguradoras y los precios que ofrecen para el seguro de tu coche.

Existen múltiples opciones en el mercado, y cada compañía puede tener diferentes políticas en cuanto a las subidas de prima y la comunicación de las mismas.

Analiza las coberturas, las condiciones y las opiniones de otros clientes para tomar una elección informada.

☑️ Exigir comunicación previa de cualquier modificación de la prima

No dudes en exigir a tu aseguradora una comunicación previa y por escrito de cualquier modificación en la prima de tu seguro de coche.

Esta comunicación debe ser clara y con una antelación de dos meses para que puedas evaluar si debes aceptar la subida o si prefieres buscar otras opciones.

Recuerda que tienes derechos como asegurado y no debes aceptar cambios sin previo aviso.

Normativa Aplicable

  1. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro,
  2. Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
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