Registro Civil de Sanlúcar la Mayor, Sevilla
Dirección: Calle Duque de Lerma, 8, 41800 Sanlúcar la Mayor, Sevilla
Teléfono: 955 541 152
Horario: Lunes a Viernes de 9am - 14pm
Email: registrocivil.sanlucarlamayor@justicia.es
En el Registro Civil de Sanlúcar la Mayor se anotan los hechos en relación al matrimonio, nacimiento y defunción de las personas que se han producido. Hablamos de un Registro Público que pertenece al M de Justicia y su registro constituyen prueba los hechos a que se refieren. al Mrio. de Justicia integrado por los Registros de que están a cargo del Letrado de la Administración de Justicia.
Concertar Cita previa
1.-Por Internet
Para que no sea necesario ir al Registro Civil correspondiente, la Cita Previa permite a una persona concertar ONLINE una cita para realizar algunos trámites en el Registro Civil. accediendo a la página web oficial administracionespublicas.gob.es (aunque no está disponible en todas las localidades)
2.- De forma presencial, en Horario de Atención al Público o por teléfono
Lunes | 9 a14 horas |
Martes | 9:00 - 14:00 horas |
Miercoles | 9am - 14pm |
Jueves | 9am - 14pm |
Viernes | 9 a14 horas |
Oficina Registro Civil de Sanlúcar la Mayor:
Calle Duque de Lerma, 8, 41800 Sanlúcar la Mayor, Sevilla
GPS: 37.38754339084417, -6.199543500607774
Teléfono: 955 541 152
Correo Electrónico: registrocivil.sanlucarlamayor@justicia.es
Los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, se inscriben en él, y constituyen prueba de los mismos.
Se pueden solicitar los siguientes trámites en las Oficinas del Registro Civil de Sanlúcar la Mayor
- Certificado de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Partida de Fe de Vida y Estado
Hechos que se deben inscribir en el Registro Civil de Sanlúcar la Mayor
Los trámites de Nacimientos, matrimonios y defunciones corresponde el Registro Civil del domicilio donde hayan ocurrido.
El Registro Civil tiene por objeto hacer constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas..
1.- Inscripción del Nacimiento
Son inscribibles los nacimientos de las personas.
La Anotación Registral del Nacimiento da fe del hecho, fecha, hora y lugar del identidad, sexo, nacimiento, y, en su caso, filiación del inscrito
2.- Expedición de Certificados de Matrimonios en el Registro Civil de Sanlúcar la Mayor
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Requerirá la previa tramitación o instrucción de un expediente o acta a instancia de los contrayentes para acreditar que se cumplen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Anotación Registral de Fallecimientos
La muerte de una persona y el lugar, fecha y hora en que se ha producido se acredita a través de la inscripción obligada en el Registro Civil de la Defunción.
A través de Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se practicará la anotación de la defunción.
4.- Petición de Certificado de Fe de Vida y Estado
Para acreditar que una persona esté viva, o su estado civil, va a deber presentarse frente al Encargado del Registro Civil y solicitar un certificado de Fe de Vida y Estado.
El interesado deberá asistir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento nacional de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Si no puede acudir, lo podrá hacer otra persona representándola adjuntando acta médica actualizada.