Registro Civil de Guimar, Tenerife
Dirección: Plaza Domingo Díaz Martín, 0 S N, 38500 Güímar, Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 514 558
Horario: Lunes a Viernes de 9 a14 horas
Email: registrocivil.guimar@justicia.es
Todos los datos en relación al matrimonio, nacimiento y defunción de las personas se anotan en el Registro Civil del domicilio en que se han ocasionado.
La Oficina de Registro Civil es un institución pública perteneciente orgánicamente al Ministerio de Justicia compuesto por los Registros en cada Municipio a cargo del Letrado de la Admon. de Justicia.
Pedir Cita previa
1.-Por Internet
Para que no sea necesario de desplazarse al Registro Civil correspondiente, la Cita Previa permite a un ciudadano pedir ONLINE una cita para realizar algunos trámites en el Registro Civil. accediendo a la oficial administracionespublicas.gob.es (no está habilitado en todas las poblaciones)
2.- Por teléfono o en Horario de Atención al Público
Lunes | 9:00 - 14:00 horas |
Martes | 9am - 14pm |
Miercoles | 9am - 14pm |
Jueves | 9:00 - 14:00 horas |
Viernes | 9am - 14pm |
Oficina Registro Civil de Guimar:
Plaza Domingo Díaz Martín, 0 S N, 38500 Güímar, Santa Cruz de Tenerife
GPS: 28.31495735285482, -16.412842451361144
Teléfono: 922 514 558
Correo Electrónico: registrocivil.guimar@justicia.es
Los hechos y actos jurídicos que pueden afectar al estado civil de las personas, se anotan en el Registro Civil, y da fe de los mismos.
En las Oficinas del Registro Civil en Guimar podrá gestionar los siguientes trámites:
- Acta de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
¿Qué Hechos pueden realizar en el Registro Civil de Guimar?
La inscripción de Nacimientos, Matrimonios Civiles o religiosos y defunciones corresponde el registro Civil de la localidad donde ocurren.
Cada persona tendrá un registro individual en el que se harán constar los hechos y actos relativos a la estado civil y otras circunstancias.
1.- Anotación Registral de Nacimientos
Se inscribirán los nacimientos de las personas.
Se practicará en virtud de declaración oficial firmado por el o los declarantes, acompañada del parte facultativo.
2.- Expedición de Certificados de Matrimonios en el Registro Civil de Guimar
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Juez de Paz, Secretario judicial, Notario, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Requerirá la previa tramitación o instrucción de un acta o expediente a instancia de los contrayentes con el fin de acreditar que se cumplen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Anotación Registral de Fallecimientos
El fallecimiento de una persona y el lugar, fecha y hora en que se ha producido se acredita mediante la inscripción obligatoria en el Registro Civil de la Defunción.
La inscripción del fallecimiento se anotará gracias a declaración documentada en el formulario oficial, acompañado del certificado médico de la defunción por Facultativo.
4.- Obtención de Partida de Fe de Vida y Estado
El acta de fe de vida y estado es el documento que acredita que una persona está viva, así como su estado civil y se constata ante el Funcionario Encargado del Registro Civil presencialmente del sujeto interesado.
El interesado deberá acudir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con DNI y, en su caso, el Libro de Familia. Si no puede acudir, lo puede hacer otra persona representándola acompañando acta médica reciente.