Registro Civil de Marbella, Málaga
Dirección: Avda. Arias de Velasco 15, 29601 Marbella, Málaga
Teléfono: 951 914 357
Horario: Lunes a Viernes de 9am - 14pm
Email: registrocivil.marbella@justicia.es
En el Registro Civil de Marbella se anotan los hechos relacionados al nacimiento, matrimonio y defunción de las personas que se han producido. Es de un Organismo Público perteneciente al Ministerio de Justicia y su registro dan fe los datos a que se refieren. al Ministerio de Justicia integrado por los Registros de a cargo del Letrado de la Administración de Justicia.
Solicitar Cita previa
1.-Por Internet
Para que no haya necesidad asistir al Registro Civil correspondiente, la Cita Previa permite a una persona pedir Online una cita para realizar algunos trámites en el Registro Civil. a través de la página oficial administracionespublicas.gob.es (no está disponible en todas las localidades)
2.- De forma presencial, en Horario de Atención al Público o por teléfono
Lunes | 9:00 - 14:00 horas |
Martes | 9:00 a 14:00 h |
Miercoles | 9am - 14pm |
Jueves | 9:00 a 14:00 h |
Viernes | 9 a14 horas |
Oficina Registro Civil de Marbella:
Avda. Arias de Velasco 15, 29601 Marbella, Málaga
GPS: 36.516391773803, -4.8829754591316
Teléfono: 951 914 357
Correo Electrónico: registrocivil.marbella@justicia.es
Los actos jurídicos y hechos que afectan al estado civil de las personas, se anotan en él, y constituyen prueba de los mismos.
Se pueden realizar los siguientes gestiones en las Oficinas del Registro Civil de Marbella
- Solicitud de Acta de Nacimiento
- Inscripción de Nacimientos
- Solicitud de Partida de Matrimonio
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Inscripción de Cambio de Nombres y Apellidos
- Solicitud de Certificado de Defunción
- Ausencia y fallecimiento
- Expedientes de rectificación de errores
- Expedientes de Nacionalidad
- Expedientes de Jura de Nacionalidad
- Expedientes de Tutela
- Expedientes de Patria Potestad
- Expedientes de Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Expedientes de Reconocimiento de hijos
- Habilitación de Edad
- Expedición de Libro de Familia
- Solicitud de Partida de Fe de Vida y Estado
Trámites que se deben inscribir en el Registro Civil de Marbella
La inscripción de Nacimientos, Matrimonios Civiles o religiosos y defunciones corresponde el Registro Civil de la localidad donde hayan ocurrido.
El Registro Civil tiene por objeto hacer constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas..
1.- Expedición de Certificados del Nacimiento
Son inscribibles los nacimientos de las personas.
El Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada la documentación, practicará inmediatamente la inscripción del hecho del nacimiento
2.- Inscripción del Matrimonio en el Registro Civil de Marbella
El Matrimonio Civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Secretario judicial, Notario, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.
El Secretario Judicial, Notario o Encargado del Registro Civil oirá a los futuros cónyuges de forma reservada
3.- Inscripción de Defunción
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y hace fe de el fallecimiento de una persona y de la lugar, fecha y hora en que se ha producido.
A través de Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se realizará la anotación del fallecimiento.
4.- Obtención de Acta de Fe de Vida y Estado
Para constatar que una persona vive, o su estado civil, va a deber presentarse ante el Encargado del Registro Civil y solicitar un certificado de Fe de Vida y Estado.
La persona interesada deberá acudir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento nacional de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Para ello, es preciso acudir presencialmente en el Registro Civil de su domicilio, junto con DNI, o bien Libro de Familia.