Registro Civil de Málaga
Dirección: Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga
Teléfono: 677982638
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 - 14:00 horas
Email: registrocivil.malaga@justicia.es
En el Registro Civil se inscriben los hechos en relación al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas que se han producido. Se trata de un Organismo Público adscrito al Ministerio de Justicia y su inscripción dan fe los hechos acaecidos.
Los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, se anotan en él, constituyendo prueba de los mismos.
En las Oficinas del Registro Civil en Málaga podrá solicitar los siguientes trámites:
- Acta e inscripción de Nacimiento
- Acta e Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Inscripción de capitulaciones matrimoniales.
- Acta de Defunción
- Expediente de Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Inicio de Expedientes de Nacionalidad
- Expedientes de Jura de Nacionalidad
- Vecindad
- Patria Potestad
- Tutela
- Inscripción de Emancipación y Adopción
- Habilitación de Edad
- Reconocimiento de hijos
- Modificaciones Judiciales de Capacidad de las Personas
- Otras Representaciones señaladas por Ley
- Expedición de Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
- Expedientes de rectificación de errores
¿Qué Hechos pueden inscribir en el Registro Civil de Málaga?
Los trámites de Defunciones, Nacimientos y matrimonios se realizarán en el Oficina del Registro Civil de la localidad donde ocurren.
El Registro Civil tiene por objeto hacer constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas..
1.- Anotación Registral de Nacimientos en el Registro Civil de Málaga
Se inscribirán los nacimientos de las personas.
El Funcionario Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada toda documentación, realizará de forma inmediata la inscripción de nacimiento
2.- Inscripción de Matrimonios
El Matrimonio Civil se celebrará ante el Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Juez de Paz, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Se requiere la instrucción previa de un expediente o acta a instancia de los contrayentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Inscripción de Fallecimientos y Defunciones
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y acredita la muerte de una persona y de la lugar, fecha y hora en que se ha producido.
Mediante Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se practicará la anotación de la defunción.
4.- Acta de Fe de Vida y Estado
Para acreditar que una persona esté viva, o su estado civil, deberá comparecer ante el Encargado del Registro Civil y pedir un certificado de Fe de Vida y Estado.
Para ello, es necesario asistir presencialmente en el Registro Civil de su domicilio, así como documento de identidad, o bien Libro de Familia.
Sacar Cita previa en el Registro Civil de Málaga
Se trata de un servicio pensado para que el ciudadano pueda pedir una cita para hacer algunos trámites sin necesidad asistir al Registro Civil que corresponda
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Jueves | 9 a14 horas |
Viernes | 9 a14 horas |
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Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga
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