Registro Civil de Puerto del Rosario, Las Palmas
Dirección: Secundino Alonso, 20, 35600 , Puerto del Rosario, Las Palmas
Teléfono: 928859612
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 - 14:00 horas
Email: registrocivil.vera@justicia.es
En el Registro Civil de Puerto del Rosario se inscriben los hechos relacionados al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas que se han producido. Se trata de un institución pública adscrito al M de Justicia y su anotación constituyen prueba los hechos acaecidos. al Ministerio de Justicia compuesto por los Registros en cada Municipio que están a cargo de los Letrados de la Admon. de Justicia.
Sacar Cita previa
1.-Por Internet
Se trata de un servicio On line diseñado para que una persona pueda gestionar una cita para realizar algunos trámites sin necesidad de desplazarse al Registro Civil que corresponda a través de la página oficial administracionespublicas.gob.es (no está disponible en todas las localidades)
2.- Por teléfono o en Horario de Atención al Público
Lunes | 9am - 14pm |
Martes | 9:00 a 14:00 h |
Miercoles | 9am - 14pm |
Jueves | 9 a14 horas |
Viernes | 9am - 14pm |
Oficina Registro Civil de Puerto del Rosario:
Secundino Alonso, 20, 35600 , Puerto del Rosario, Las Palmas
GPS: 37.250160012076, -1.8721988
Teléfono: 928859612
Correo Electrónico: registrocivil.vera@justicia.es
Los hechos y actos jurídicos que afectan al estado civil de las personas, se anotan en el Registro Civil, y constituyen prueba de los mismos.
En las Oficinas del Registro Civil en Puerto del Rosario podrá gestionar los siguientes trámites:
- Solicitud de Acta de Nacimiento
- Inscripción de Nacimientos
- Solicitud de Acta de Matrimonio
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Inscripción de Cambio de Nombres y Apellidos
- Solicitud de Certificado de Defunción
- Ausencia y fallecimiento
- Expedientes de rectificación de errores
- Expedientes de Nacionalidad
- Expedientes de Jura de Nacionalidad
- Expedientes de Tutela
- Expedientes de Patria Potestad
- Expedientes de Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Expedientes de Reconocimiento de hijos
- Habilitación de Edad
- Expedición de Libro de Familia
- Solicitud de Partida de Fe de Vida y Estado
Gestiones que se pueden inscribir en el Registro Civil de Puerto del Rosario
Los datos de Defunciones, Nacimientos y matrimonios corresponde el Registro Civil de la localidad donde ocurren.
Los Funcionarios Encargados del Registro Civil comprobarán de oficio la legalidad y realidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende.
1.- Inscripción de Nacimientos
Son anotables los nacimientos de las personas.
El Funcionario Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada toda documentación, practicará de forma inmediata la inscripción del hecho del nacimiento
2.- Expedición de Certificados del Matrimonio en el Registro Civil de Puerto del Rosario
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Secretario judicial, Notario, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
El Secretario Judicial, Notario o Encargado del Registro Civil oirá a ambos contrayentes de forma reservada
3.- Anotación Registral de Fallecimientos
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y acredita el fallecimiento de una persona y de la identidad del fallecido y la fecha y lugar en que ha acaecido.
La inscripción de la defunción se anotará en virtud de declaración documentada en el formulario oficial, acompañado del certificado médico del fallecimiento.
4.- Solicitud de Acta de Fe de Vida y Estado
Para acreditar que una persona vive, o bien su estado civil, va a deber presentarse frente al Encargado del Registro Civil y solicitar un certificado de Fe de Vida y Estado.
El interesado deberá asistir personalmente al Registro Civil de su domicilio, con documento de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Si no pudiera acudir, lo hará otra persona en su nombre adjuntando acta médica reciente.