Registros Civiles de Islas Baleares

Dirección: Travessia d’en Ballester 20, 07002 Palma, Illes Balears

Teléfono: 971 219 428

Horario: Lunes a Viernes de 9 a14 horas

Email: registrocivil.palmamallorca@justicia.es

En el Registro Civil se registran los hechos relativos al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas que se han producido. Se trata de un Registro Público perteneciente al M. de Justicia y su inscripción dan fe los hechos a que se refieren.

En él se constata y da publicidad a los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, y dan fe de los mismos.

En las Oficinas del Registro Civil en Islas Balearess podrá gestionar los siguientes trámites:

  • Partida e inscripción de Nacimiento
  • Acta e Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
  • Inscripción de capitulaciones matrimoniales.
  • Acta de Defunción
  • Expediente de Cambio de Nombres y Apellidos
  • Ausencia y fallecimiento
  • Inicio de Expedientes de Nacionalidad
  • Expedientes de Jura de Nacionalidad
  • Vecindad
  • Patria Potestad
  • Tutela
  • Inscripción de Emancipación y Adopción
  • Habilitación de Edad
  • Reconocimiento de hijos
  • Modificaciones Judiciales de Capacidad de las Personas
  • Otras Representaciones señaladas por Ley
  • Expedición de Libro de Familia
  • Partida de Fe de Vida y Estado
  • Expedientes de rectificación de errores

Índice

¿Qué Hechos deben inscribir en el Registro Civil de Illes Balears?

Los datos de Nacimientos, matrimonios y defunciones corresponde el Registro Civil del domicilio donde ocurren.

Los Encargados del Registro Civil comprobarán de oficio la legalidad y realidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende.

1.- Inscripción del Nacimiento en Illes Balears

Se inscribirán los nacimientos de las personas.
El Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada toda documentación, realizará de forma inmediata la inscripción de nacimiento

2.- Anotación del Matrimonio

El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Juez de Paz, Notario, Secretario judicial, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.

Requerirá la previa tramitación o instrucción de un acta o expediente a instancia de los contrayentes para acreditar que se cumplen la inexistencia de impedimentos y los requisitos de capacidad exigidos

3.- Inscripción de Defunciones


La muerte de una persona así como la identidad del fallecido y la fecha y lugar en que ha acaecido se acredita a través de la inscripción obligada en el Registro Civil de la Defunción.

Mediante Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se practicará la anotación del fallecimiento.

4.- Certificado de Fe de Vida y Estado en Illes Balears

Para constatar que una persona esté viva, o bien su estado civil, deberá comparecer ante el Encargado del Registro Civil y pedir un certificado de Fe de Vida y Estado.

El interesado deberá asistir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento nacional de identidad y, en su caso, Libro de Familia.

Si no puede asistir, lo puede hacer otra persona en su nombre adjuntando certificado médico actualizado.

Sacar Cita previa

Para que no que haga falta de desplazarse al Registro Civil correspondiente, la Cita Previa permite a una persona gestionar una cita para hacer algunos trámites en el Registro Civil.

Lunes9:00 - 14:00 horas
Martes9 a14 horas
Miercoles9 a14 horas
Jueves9 a14 horas
Viernes9am - 14pm

Oficina Registro Civil de Islas Baleares

Travessia d’en Ballester 20, 07002 Palma, Illes Balears

Teléfono: 971 219 428

Email: registrocivil.palmamallorca@justicia.es

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