Registro Civil de Puente Genil, Córdoba

Dirección: Calle La Huerta, 0 S/N (Huerta del Soto), 14500 Puente Genil, Córdoba

Teléfono: 662 976 045

Horario: Lunes a Viernes de 9 a14 horas

Email: registrocivil.puentegenil@justicia.es

En el Registro Civil de Puente Genil se inscriben los datos relativos al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas que se han producido. Hablamos de un Registro Público perteneciente al Ministerio de Justicia y su registro dan fe los datos a que se refieren. al Ministerio de Justicia compuesto por los Registros de que están a cargo del Letrado de la Administración de Justicia.

Índice

Sacar Cita previa

1.-Por Internet

Se trata de un servicio On line diseñado para que una persona pueda pedir una cita para realizar algunos trámites sin que haga falta ir al Registro Civil que corresponda accediendo a la web oficial administracionespublicas.gob.es (no está disponible en todas las localidades)

2.- De forma presencial, en Horario de Atención al Público o por teléfono

Lunes9am - 14pm
Martes9 a14 horas
Miercoles9:00 - 14:00 horas
Jueves9am - 14pm
Viernes9:00 a 14:00 h

Oficina Registro Civil de Puente Genil:

Calle La Huerta, 0 S/N (Huerta del Soto), 14500 Puente Genil, Córdoba

GPS: 37.38966180504895, -4.782443569727434

Teléfono: 662 976 045

Correo Electrónico: registrocivil.puentegenil@justicia.es

Los actos jurídicos y hechos que afectan al estado civil de las personas, se anotan en el Registro Civil, y constituyen prueba de los mismos.

En las Oficinas del Registro Civil en Puente Genil podrá solicitar los siguientes gestiones:

  • Solicitud de Certificado de Nacimiento
  • Inscripción de Nacimientos
  • Solicitud de Acta de Matrimonio
  • Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Inscripción de Cambio de Nombres y Apellidos
  • Solicitud de Partida de Defunción
  • Ausencia y fallecimiento
  • Expedientes de rectificación de errores
  • Expedientes de Nacionalidad
  • Expedientes de Jura de Nacionalidad
  • Expedientes de Tutela
  • Expedientes de Patria Potestad
  • Expedientes de Vecindad
  • Emancipación y Adopción
  • Expedientes de Reconocimiento de hijos
  • Habilitación de Edad
  • Expedición de Libro de Familia
  • Solicitud de Certificado de Fe de Vida y Estado

Hechos que se deben realizar en el Registro Civil de Puente Genil

La inscripción de Nacimientos, Matrimonios Civiles o religiosos y defunciones corresponde el registro Civil del lugar donde hayan ocurrido.

Cada persona llevará un registro individual en el que constarán los hechos y actos relativos a la estado civil de las personas.

1.- Expedición de Certificados de Nacimientos

Son inscribibles los nacimientos de las personas.
La Inscripción de Nacimientos hace fe del hecho, fecha, hora y lugar del identidad, sexo, nacimiento, y, en su caso, filiación del inscrito

2.- Anotación de Matrimonios en el Registro Civil de Puente Genil

El Matrimonio Civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Secretario judicial, Notario, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.
Requerirá la previa tramitación o instrucción de un acta o expediente a instancia de los contrayentes para acreditar que se cumplen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos

3.- Anotación Registral de Fallecimientos

La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y acredita el fallecimiento de una persona y de la lugar, fecha y hora en que se ha producido.

La anotación de la defunción se anotará gracias a declaración documentada en el formulario oficial, acompañado del certificado médico del fallecimiento.

4.- Obtención de Partida de Fe de Vida y Estado

El certificado de fe de vida y estado es el documento que acredita que el estado civil de una persona y que está viva y se acredita ante el Encargado del Registro Civil mediante comparecencia de la persona interesada.

La persona interesada tendrá que asistir personalmente al Registro Civil de su domicilio, con documento de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Para ello, es necesario acudir personalmente en el Registro Civil de su domicilio, junto con documento de identidad, o bien Libro de Familia.

Otros Registros de Córdoba y otras Localidades Cercanas

Legislación Aplicable

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