Registros Civiles de Cantabria
Dirección: Av. Pedro San Martín, s/n 39007 Santander, Cantabria
Teléfono: 942 357 127
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 - 14:00 horas
Email: registrocivil.santander@justicia.es
En el Registro Civil se inscriben los hechos relacionados al matrimonio, nacimiento y defunción de las personas que se han producido. Se trata de un Registro Público que pertenece al Ministerio de Justicia y su inscripción dan fe los hechos a que se refieren.
Los hechos y actos jurídicos que pueden afectar al estado civil de las personas, se inscriben en él, constituyendo prueba de los mismos.
Se pueden realizar los siguientes trámites en las Oficinas del Registro Civil de Cantabria
- Certificado e inscripción de Nacimiento
- Acta e Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Inscripción de capitulaciones matrimoniales.
- Acta de Defunción
- Expediente de Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Inicio de Expedientes de Nacionalidad
- Expedientes de Jura de Nacionalidad
- Vecindad
- Patria Potestad
- Tutela
- Inscripción de Emancipación y Adopción
- Habilitación de Edad
- Reconocimiento de hijos
- Modificaciones Judiciales de Capacidad de las Personas
- Otras Representaciones señaladas por Ley
- Expedición de Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
- Expedientes de rectificación de errores
¿Qué Gestiones deben realizar en el Registro Civil de Cantabria?
Los datos de Defunciones, Nacimientos y matrimonios se harán en el Registro Civil del domicilio donde hayan ocurrido.
Cada persona tendrá un registro individual en el que constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y demás circunstancias.
1.- Anotación Registral de Nacimientos
Son inscribibles los nacimientos de las personas.
La Anotación de Nacimientos da fe del fecha, hora y lugar del identidad, sexo, nacimiento, y, en su caso, filiación persona inscrita
2.- Anotación del Matrimonio
El Matrimonio Civil se celebrará ante el Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Juez de Paz, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Se requiere la instrucción previa de un acta o expediente a instancia de los contrayentes para acreditar que se cumplen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Inscripción de Defunciones
La muerte de una persona así como la fecha, hora y lugar en que ha acaecido se constata a través de la inscripción obligada en el Registro Civil de la Defunción.
A través de Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se realizará la inscripción del fallecimiento.
4.- Acta de Fe de Vida y Estado
Para constatar que una persona esté viva, o bien su estado civil, deberá comparecer ante el Encargado del Registro Civil y solicitar un certificado de Fe de Vida y Estado.
Para su tramitación, es necesario asistir personalmente en el Registro Civil de su domicilio, así como documento nacional de identidad, o Libro de Familia.
Cconcertar Cita previa
Para que no sea necesario de desplazarse al Registro Civil que corresponda, la Cita Previa permite a un ciudadano pedir una cita para hacer algunos trámites en el Registro Civil.
Lunes | 9:00 - 14:00 horas |
Martes | 9:00 a 14:00 h |
Miercoles | 9am - 14pm |
Jueves | 9 a14 horas |
Viernes | 9 a14 horas |
Oficina Registro Civil de Cantabria:
Av. Pedro San Martín, s/n 39007 Santander, Cantabria
Teléfono: 942 357 127
Email: registrocivil.santander@justicia.es