Registro Civil de Navalmoral de la Mata, Cáceres
Dirección: Calle Calvo Sotelo, 51, 10300 Navalmoral de la Mata, Cáceres
Teléfono: 927 538 183
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 - 14:00 horas
Email: registrocivil.navalmoraldelamata@justicia.es
En el Registro Civil de Navalmoral de la Mata se registran los datos que se refieren al matrimonio, nacimiento y defunción de las personas que se han producido. Se trata de un Organismo Público que pertenece al M de Justicia y su anotación constituyen prueba los datos a que se refieren. al Ministerio de Justicia integrado por los Registros de que están a cargo del Letrado de la Administración de Justicia.
Sacar Cita previa
1.-Por Internet
Se trata de un servicio On line diseñado para que una persona pueda gestionar una cita para hacer algunos trámites sin que haga falta de desplazarse al Registro Civil correspondiente accediendo a la oficial administracionespublicas.gob.es (no está habilitado en todas las localidades)
2.- De forma presencial, en Horario de Atención al Público o por teléfono
Lunes | 9 a14 horas |
Martes | 9 a14 horas |
Miercoles | 9:00 - 14:00 horas |
Jueves | 9 a14 horas |
Viernes | 9:00 - 14:00 horas |
Oficina Registro Civil de Navalmoral de la Mata:
Calle Calvo Sotelo, 51, 10300 Navalmoral de la Mata, Cáceres
GPS: 39.89375194034198, -5.541068649382465
Teléfono: 927 538 183
Correo Electrónico: registrocivil.navalmoraldelamata@justicia.es
Los hechos y actos jurídicos que pueden afectar al estado civil de las personas, se inscriben en el Registro Civil, y da fe de los mismos.
Se pueden solicitar los siguientes gestiones en las Oficinas del Registro Civil de Navalmoral de la Mata
- Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
¿Qué Hechos deben inscribir en el Registro Civil de Navalmoral de la Mata?
La inscripción de Defunciones, Nacimientos y matrimonios corresponde el Registro Civil de la localidad donde hayan ocurrido.
Los Funcionarios Encargados del Registro Civil comprobarán de oficio la realidad y legalidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende.
1.- Anotación Registral de Nacimientos
Se anotarán los nacimientos de las personas.
Se practica en virtud de declaración oficial oportunamente firmado por el o los declarantes, acompañada del parte médico facultativo.
2.- Anotación de Matrimonios en el Registro Civil de Navalmoral de la Mata
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Se requiere la instrucción previa de un acta o expediente a instancia de los contrayentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Inscripción de Fallecimientos
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y hace fe de el fallecimiento de una persona y de la identidad del fallecido y la fecha y lugar en que se ha producido.
La inscripción de la defunción se anotará en virtud de declaración documentada en el formulario oficial, acompañado del certificado médico de la defunción por Facultativo.
4.- Obtención de Acta de Fe de Vida y Estado
La Partida de fe de vida y estado es el documento que constata que una persona está viva, así como su estado civil y se acredita ante el Encargado del Registro Civil mediante comparecencia de la persona interesada.
La persona interesada deberá acudir de forma personal al Registro Civil de su domicilio, con DNI y, en su caso, el Libro de Familia. Para ello, es preciso acudir presencialmente en el Registro Civil de su domicilio, junto con DNI, o bien Libro de Familia.