Registro Civil de Burgos

Dirección: Reyes Católicos, 51 bis Edif. Nuevos Juzgados, 09071, Burgos

Teléfono: 947284004

Horario: Lunes a Viernes de 9 a14 horas

Email: registrocivil.burgos@justicia.es

Los datos relacionados al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas se registran en el Registro Civil del domicilio en que se hayan producido.
El Registro Civil es un institución pública adscrito al Mrio. de Justicia compuesto por los Registros Municipales a cargo de los Juzgados de 1ª Instancia.

En el Registro Civil se da publicidad y legitimación de los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, constituyendo prueba de los mismos.

Se pueden solicitar los siguientes gestiones en las Oficinas del Registro Civil de Burgos

  • Acta e inscripción de Nacimiento
  • Partida e Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
  • Inscripción de capitulaciones matrimoniales.
  • Certificado de Defunción
  • Expediente de Cambio de Nombres y Apellidos
  • Ausencia y fallecimiento
  • Inicio de Expedientes de Nacionalidad
  • Expedientes de Jura de Nacionalidad
  • Vecindad
  • Patria Potestad
  • Tutela
  • Inscripción de Emancipación y Adopción
  • Habilitación de Edad
  • Reconocimiento de hijos
  • Modificaciones Judiciales de Capacidad de las Personas
  • Otras Representaciones señaladas por Ley
  • Expedición de Libro de Familia
  • Certificado de Fe de Vida y Estado
  • Expedientes de rectificación de errores

Índice

¿Qué Hechos pueden anotar en el Registro Civil de Burgos?

La inscripción de Defunciones, Nacimientos y matrimonios corresponde el Registro Civil del domicilio donde hayan ocurrido.

El contenido del Registro Civil está integrado por el conjunto de registros individuales de las personas físicas..

1.- Inscripción de Nacimientos

Son inscribibles los nacimientos de las personas.
La Anotación de Nacimientos da fe del hecho, fecha, hora y lugar del sexo, nacimiento, identidad y, en su caso, filiación del inscrito

2.- Anotación del Matrimonio

El Matrimonio Civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.
El Letrado de la Administración de Justicia, Notario o Encargado del Registro Civil oirá a ambos contrayentes de forma reservada

3.- Anotación Registral de Fallecimientos


El fallecimiento de una persona y la identidad del fallecido y la fecha y lugar en que se ha producido se acredita a través de la inscripción obligada en el Registro Civil de la Defunción.

Mediante Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se practicará la anotación del fallecimiento.

4.- Certificado de Fe de Vida y Estado

Para constatar que una persona esté viva, o su estado civil, va a deber comparecer ante el Encargado del Registro Civil y solicitar un certificado de Fe de Vida y Estado.

El interesado deberá acudir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento de identidad y, en su caso, Libro de Familia. Si no puede acudir, lo puede hacer otra persona representándola adjuntando certificado médico reciente.

Sacar Cita previa

Se trata de un servicio pensado para que una persona pueda gestionar una cita para realizar algunos trámites sin que sea necesario ir al Registro Civil correspondiente

Lunes9:00 a 14:00 h
Martes9am - 14pm
Miercoles9:00 a 14:00 h
Jueves9:00 a 14:00 h
Viernes9:00 a 14:00 h

Oficina Registro Civil de Burgos:

Reyes Católicos, 51 bis Edif. Nuevos Juzgados, 09071, Burgos

GPS: 42.34885999999999, -3.692700000000059

Teléfono: 947284004
Fax: 947284011
Email: registrocivil.burgos@justicia.es

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