Registro Civil de Ávila
Dirección: Ramón y Cajal, 1. Edificio Nuevo de los Juzgados, 05001,Avila
Teléfono: 920359016
Horario: Lunes a Viernes de 9 a14 horas
Los datos relativos al nacimiento, matrimonio y defunción de las personas se registran en el Registro Civil del domicilio en que se hayan producido.
El el Registro Civil es un institución pública adscrito al Ministerio de Justicia compuesto por los Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª Instancia.
En él se halla la constatación y publicidad de los hechos y actos jurídicos que pueden afectar al estado civil de las personas, constituyendo prueba de los mismos.
Se pueden realizar los siguientes trámites en las Oficinas del Registro Civil de Ávila
- Acta e inscripción de Nacimiento
- Certificado e Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Inscripción de capitulaciones matrimoniales.
- Partida de Defunción
- Expediente de Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Inicio de Expedientes de Nacionalidad
- Expedientes de Jura de Nacionalidad
- Vecindad
- Patria Potestad
- Tutela
- Inscripción de Emancipación y Adopción
- Habilitación de Edad
- Reconocimiento de hijos
- Modificaciones Judiciales de Capacidad de las Personas
- Otras Representaciones señaladas por Ley
- Expedición de Libro de Familia
- Partida de Fe de Vida y Estado
- Expedientes de rectificación de errores
Hechos que se pueden inscribir en el Registro Civil de Ávila
Los trámites de Nacimientos, Matrimonios Civiles o religiosos y defunciones se gestionarán en el registro Civil del lugar donde hayan ocurrido.
Los Encargados del Registro Civil deberán comprobar de oficio la realidad y legalidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende.
1.- Inscripción del Nacimiento
Se inscribirán los nacimientos de las personas.
Se practica en virtud de declaración oficial firmado por el o los declarantes, acompañada del parte médico facultativo.
2.- Anotación de Matrimonios
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
Requerirá la previa tramitación o instrucción de un expediente o acta a instancia de los contrayentes con el fin de acreditar que se cumplen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos
3.- Inscripción de Fallecimientos
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y hace fe de el fallecimiento de una persona y de la fecha, hora y lugar en que ha acaecido.
La inscripción del fallecimiento se anotará en virtud de declaración documentada en el formulario oficial, junto a certificado médico del fallecimiento.
4.- Partida de Fe de Vida y Estado
El certificado de fe de vida y estado es el documento que acredita que el estado civil de una persona y que está viva y se acredita ante el Funcionario Encargado del Registro Civil de forma presencial del sujeto interesado.
Para ello, es preciso acudir de forma personal en el Registro Civil de su domicilio, junto con documento de identidad, o Libro de Familia.
Pedir Cita previa
Para que no sea necesario ir al Registro Civil correspondiente, la Cita Previa permite a un ciudadano gestionar una cita para hacer algunos trámites en el Registro Civil.
Lunes | 9:00 a 14:00 h |
Martes | 9:00 - 14:00 horas |
Miercoles | 9 a14 horas |
Jueves | 9 a14 horas |
Viernes | 9:00 - 14:00 horas |
Oficina Registro Civil de Ávila:
Ramón y Cajal, 1. Edificio Nuevo de los Juzgados, 05001,Avila
GPS: 40.6570189, -4.701957900000025
Teléfono: 920359016
Fax: 920359001