Registro Civil de Roquetas de Mar, Almería
Dirección: Reina Sofia 11, 044740 Roquetas de Mar
Teléfono: 950 885 233
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 h
Email: registrocivil.roquetasdemar@justicia.es
Todos los datos relacionados al nacimiento, matrimonio y defunción de las personas se anotan en el Registro Civil del domicilio en que se hayan ocasionado.
La Oficina de Registro Civil es un institución pública perteneciente administrativamente al M de Justicia compuesto por los Registros en cada Municipio que están a cargo de los Letrados de la Administración de Justicia.
Concertar Cita previa
1.-Por Internet
Para que no que haga falta asistir al Registro Civil que corresponda, la Cita Previa permite a un ciudadano pedir On line una cita para realizar algunos trámites en el Registro Civil. a través de la página oficial administracionespublicas.gob.es (aunque no está disponible en todas las poblaciones)
2.- Por teléfono o en Horario de Atención al Público
Lunes | 9 a14 horas |
Martes | 9 a14 horas |
Miercoles | 9:00 a 14:00 h |
Jueves | 9:00 - 14:00 horas |
Viernes | 9am - 14pm |
Oficina Registro Civil de Roquetas de Mar:
Reina Sofia 11, 044740 Roquetas de Mar
GPS: 36.7665868, -2.6105715
Teléfono: 950 885 233
Correo Electrónico: registrocivil.roquetasdemar@justicia.es
Los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, se anotan en él, y da fe de los mismos.
En las Oficinas del Registro Civil en Roquetas de Mar podrá solicitar los siguientes trámites:
- Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Partida de Fe de Vida y Estado
¿Qué Gestiones se pueden inscribir en el Registro Civil de Roquetas de Mar?
Los hechos de Nacimientos, Matrimonios Civiles o religiosos y defunciones corresponde el Registro Civil de la localidad donde hayan ocurrido.
Los Funcionarios Encargados del Registro Civil deberán comprobar de oficio la legalidad y realidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende.
1.- Inscripción de Nacimientos
Se anotarán los nacimientos de las personas.
El Funcionario Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada la documentación, practicará de forma inmediata la inscripción del hecho del nacimiento
2.- Anotación del Matrimonio en el Registro Civil de Roquetas de Mar
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario consular o diplomático Encargado del Registro Civil.
El Letrado de la Administración de Justicia, Notario o Encargado del Registro Civil oirá a ambos contrayentes de forma reservada
3.- Inscripción de Defunciones
El fallecimiento de una persona así como la fecha, hora y lugar en que ha acaecido se constata a través de la inscripción obligada en el Registro Civil de la Defunción.
A través de Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se practicará la inscripción de la defunción.
4.- Petición de Partida de Fe de Vida y Estado
Para constatar que una persona esté viva, o su estado civil, va a deber comparecer frente al Encargado del Registro Civil y pedir un certificado de Fe de Vida y Estado.
El interesado tendrá que asistir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Para ello, es obligatorio acudir presencialmente en el Registro Civil de su domicilio, así como documento nacional de identidad, o Libro de Familia.