Registro Civil de Huércal-Overa, Almería
Dirección: Calle Florida, 2, 04600 Huércal-Overa, Almería
Teléfono: 950 809 020
Horario: Lunes a Viernes de 9am - 14pm
Email: registrocivil.huercal-overa@justicia.es
En el Registro Civil de Huércal-Overa se anotan los datos relacionados al defunción, matrimonio y nacimiento de las personas que se han producido. Se trata de un Registro Público que pertenece al Ministerio de Justicia y su registro constituyen prueba los datos a que se refieren. al Mrio. de Justicia integrado por los Registros de que están a cargo de los Letrados de la Admon. de Justicia.
Pedir Cita previa
1.-Por Internet
Servicio On line diseñado para que una persona pueda solicitar una cita para hacer algunos trámites sin que sea necesario ir al Registro Civil correspondiente accediendo a la web oficial administracionespublicas.gob.es (no está habilitado en todas las localidades)
2.- Por teléfono o en Horario de Atención al Público
Lunes | 9:00 a 14:00 h |
Martes | 9 a14 horas |
Miercoles | 9:00 - 14:00 horas |
Jueves | 9:00 a 14:00 h |
Viernes | 9am - 14pm |
Oficina Registro Civil de Huércal-Overa:
Calle Florida, 2, 04600 Huércal-Overa, Almería
GPS: 37.39029653279445, -1.9438145549265755
Teléfono: 950 809 020
Correo Electrónico: registrocivil.huercal-overa@justicia.es
Los actos jurídicos y hechos que pueden afectar al estado civil de las personas, se anotan en el Registro Civil, y da fe de los mismos.
Se pueden realizar los siguientes gestiones en las Oficinas del Registro Civil de Huércal-Overa
- Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
¿Qué Hechos pueden anotar en el Registro Civil de Huércal-Overa?
La inscripción de Nacimientos, matrimonios y defunciones corresponde el registro Civil del domicilio donde hayan ocurrido.
El Registro Civil tiene por objeto hacer constar oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas..
1.- Anotación Registral de Nacimientos
Son inscribibles los nacimientos de las personas.
Se practica en virtud de documento oficial oportunamente firmado por el o los declarantes, acompañada del parte facultativo.
2.- Expedición de Certificados del Matrimonio en el Registro Civil de Huércal-Overa
El Procedimiento de autorización matrimonial civil se celebrará ante el Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Juez de Paz, Secretario judicial, Notario, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.
Requerirá la previa tramitación o instrucción de un expediente o acta a instancia de los contrayentes para acreditar que se cumplen la inexistencia de impedimentos y los requisitos de capacidad exigidos
3.- Inscripción de Defunciones
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y hace fe de la muerte de una persona y de la fecha, hora y lugar en que se ha producido.
Mediante Declaración de Documento Oficial, junto con certificado médico de la defunción, se realizará la inscripción de la defunción.
4.- Obtención de Partida de Fe de Vida y Estado
Para acreditar que una persona esté viva, o su estado civil, va a deber comparecer ante el Encargado del Registro Civil y pedir un certificado de Fe de Vida y Estado.
La persona interesada deberá acudir presencialmente al Registro Civil de su domicilio, con documento nacional de identidad y, en su caso, el Libro de Familia. Si no pudiera asistir, lo podrá hacer otra persona representándola acompañando acta médica reciente.