Registro Civil de Berja, Almería
Dirección: Calle Faura 28, 04760 Berja
Teléfono: 950 033 209
Horario: Lunes a Viernes de 9am - 14pm
Email: registrocivil.berja@justicia.es
Los datos que se refieren al nacimiento, filiación, matrimonio, cambio de nombres y apellidos y defunción de las personas se anotan en el Registro Civil del domicilio en que se hayan ocasionado.
La Oficina de Registro Civil es un Registro Público que pertenece administrativamente al M de Justicia compuesto por los Registros de que están a cargo de los Letrados de la Administración de Justicia.
Sacar Cita previa
1.-Por Internet
Servicio ONLINE pensado para que el ciudadano pueda pedir una cita para hacer algunos trámites sin necesidad de desplazarse al Registro Civil correspondiente a través de la página oficial administracionespublicas.gob.es (aunque no está en servicio en todas las localidades)
2.- Por teléfono o en Horario de Atención al Público
Lunes | 9:00 - 14:00 horas |
Martes | 9:00 a 14:00 h |
Miercoles | 9:00 - 14:00 horas |
Jueves | 9am - 14pm |
Viernes | 9 a14 horas |
Oficina Registro Civil de Berja:
Calle Faura 28, 04760 Berja
GPS: 36.8449933, -2.9488431
Teléfono: 950 033 209
Correo Electrónico: registrocivil.berja@justicia.es
Los actos jurídicos y hechos que afectan al estado civil de las personas, se anotan en el Registro Civil, constituyendo prueba de los mismos.
En las Oficinas del Registro Civil en Berja podrá gestionar los siguientes trámites:
- Partida de Nacimiento, Matrimonio o Defunción
- Inscripción de Nacimientos
- Inscripción de Matrimonio Civil o religioso
- Capitulaciones matrimoniales
- Cambio de Nombres y Apellidos
- Ausencia y fallecimiento
- Nacionalidad
- Jura de Nacionalidad
- Tutela
- Patria Potestad
- Vecindad
- Emancipación y Adopción
- Reconocimiento de hijos
- Expedientes de rectificación de errores
- Habilitación de Edad
- Libro de Familia
- Certificado de Fe de Vida y Estado
Hechos que se pueden realizar en el Registro Civil de Berja
Los trámites de Defunciones, Nacimientos y matrimonios se realizarán en el Registro Civil del lugar donde hayan ocurrido.
El contenido del Registro Civil está integrado por el conjunto de registros individuales de las personas físicas..
1.- Expedición de Certificados del Nacimiento
Se anotarán los nacimientos de las personas.
El Funcionario Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada la documentación, practicará de forma inmediata la inscripción del hecho del nacimiento
2.- Expedición de Certificados de Matrimonios en el Registro Civil de Berja
El Matrimonio Civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Notario, Secretario judicial, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil.
Se requiere la instrucción previa de un expediente o acta a instancia de los contrayentes con el fin de acreditar que se cumplen la inexistencia de impedimentos y los requisitos de capacidad exigidos
3.- Anotación Registral de Fallecimientos
La inscripción en el Registro Civil de la defunción es obligatoria y hace fe de la muerte de una persona y de la identidad del fallecido y la fecha y lugar en que se ha producido.
La anotación de la defunción se inscribirá gracias a declaración documentada en el formulario oficial, acompañado del certificado médico de la defunción por Facultativo.
4.- Solicitud de Certificado de Fe de Vida y Estado
Para acreditar que una persona esté viva, o bien su estado civil, va a deber comparecer frente al Encargado del Registro Civil y pedir un certificado de Fe de Vida y Estado.
El interesado deberá acudir personalmente al Registro Civil de su domicilio, con DNI y, en su caso, el Libro de Familia. Para ello, es preciso acudir personalmente en el Registro Civil de su domicilio, así como documento nacional de identidad, o bien Libro de Familia.